Los bielorrusos deberán pagar el impuesto de transporte antes del 15 de noviembre.
Los matices de su pago fueron explicados por el Ministerio de Impuestos y Derechos.
¿Quién no necesita pagar el impuesto de transporte?
Según el Código Fiscal, el impuesto de transporte se aplica a los vehículos matriculados en organizaciones de la policía de tránsito.
En particular, los vehículos de las categorías M1 y M1G propulsados únicamente por un motor eléctrico no están sujetos al impuesto de transporte hasta el 31 de diciembre del año siguiente.
La clasificación de los vehículos por categoría figura en el párrafo 1 del Apéndice 1 de los reglamentos técnicos de la Unión Aduanera "Sobre la seguridad de los vehículos de ruedas".
Según la explicación del Comité Estatal de Aduanas, los vehículos destinados principalmente al transporte de personas, equipados tanto con un motor de combustión interna como con un motor eléctrico, en los que el motor de combustión interna se utiliza únicamente para recargar la batería con capacidad de conectarse a una fuente externa de electricidad (híbrido enchufable), accionada únicamente por un motor eléctrico, se clasifican en la subposición 8703 80 000 de la Nomenclatura unificada de productos básicos de la actividad económica exterior de la UEEA.
Esta subpartida incluye el código 8703 80 000 2 (turismos de categoría M1 o M1G).
Teniendo en cuenta lo anterior, los vehículos de las categorías M1 y M1G, equipados tanto con un motor de combustión interna como con un motor eléctrico, en los que el motor de combustión interna se utiliza únicamente para recargar la batería, no están sujetos al impuesto de transporte.
Según el Decreto N° 92 de 12 de marzo de 2020 sobre promoción del uso de vehículos eléctricos, hasta el 31 de diciembre del próximo año, las personas jurídicas pueden aplicar una deducción por inversión del costo inicial de un vehículo eléctrico, incluidos los automóviles (incluidos los adquiridos en arrendamiento), y el costo de las inversiones en su reconstrucción dentro del 100% del costo original de un vehículo eléctrico/costo de inversión en reconstrucción.
De conformidad con el párrafo 4 del Decreto antes mencionado, los vehículos eléctricos son vehículos de las categorías M, MG, N y NG, propulsados únicamente por un motor eléctrico.
En consecuencia, las organizaciones tienen derecho a aplicar una deducción por inversión en virtud del Decreto No. 92 en relación con los vehículos de las categorías M, MG, N y NG, equipados tanto con un motor de combustión interna como con un motor eléctrico, en los que se utiliza el motor de combustión interna. sólo para recargar la batería.